La sala constitucional del Tribunal Supremo de Justicia , según la Gaceta Nº 40.909 , admite doble nacionalidad de los funcionarios público...
La sala constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, según la Gaceta Nº 40.909, admite doble nacionalidad de los funcionarios públicos de Venezuela.

La medida se toma mediante las criticas y solicitudes que le han hecho al Presidente de la República sobre su verdadera nacionalidad, ya que en el artículo 227 de las Constitución venezolana establece: "Para ser Presidente o Presidenta de la Repíblica se requiere ser venezolano o venezolana por nacimiento, no poseer otra nacionalidad, mayor de treinta (30) años de edad, de esta seglar y no estar sometido o sometida a condena mediante sentencia definitivamente firme y cumplir con los demás requisitos establecidos en esta Constitución".